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Inversor: 5,500 W a 8,000 W (algunos tamaños hasta 5 kW dependiendo del sombreado) Paneles: 10,000 – 20,000 W Inversor: uno o dos inversores de una potencia combinada de 10 kW–15 kW. Inversor: 5,500 W a 8,000 W (algunos tamaños hasta 5 kW dependiendo del sombreado) Paneles: 10,000 – 20,000 W Inversor: uno o dos inversores de una potencia combinada de 10 kW–15 kW.
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La Orden del Ministro de Economía de 3 de agosto de 2000 sometió a comunicación mensual al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias las operaciones con una serie de jurisdicciones no comprendidas en el Real Decreto.
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